Carta y bolígrafo

Consultoría práctica: ¿Qué consecuencias jurídicas tiene la imposición añadida?

En el número de hoy, analizamos las consecuencias jurídicas de la imposición añadida.

La demanda de creación de empresas extranjeras ha aumentado considerablemente en los últimos años. A la hora de crear una empresa extranjera, hay que asegurarse de que dicha empresa no esté sujeta a una tributación adicional en virtud de la legislación fiscal extranjera aplicable. De lo contrario, se producirán desventajas considerables.

En muchos países existe una amplia normativa. En Alemania, la normativa se rige por la Ley de Impuestos Extranjeros y en Inglaterra, por ejemplo, existen las Normas de Empresas Extranjeras Controladas (CFC). También existen normativas similares en otros países.

La consulta debe responder a las siguientes preguntas:

¿Cuáles son las consecuencias jurídicas de la imposición añadida?

La imposición "add-back" provoca la imposición de los beneficios de explotación de la empresa extranjera en el país de domicilio del accionista. Los beneficios de la empresa extranjera se "añaden" a sus ingresos y se gravan al tipo habitual del impuesto sobre la renta.

Hay que tener en cuenta que a menudo se utiliza una estimación ficticia del beneficio y no el beneficio real de la empresa.

¿A quién afectan las consecuencias jurídicas de la imposición añadida?

1 . Se ve afectado por la tributación adicional si posee más del 50% de una empresa extranjera. Por tanto, tiene el control.

2. su empresa extranjera no puede demostrar que opera en el país de domicilio.

3. su empresa extranjera está situada en un "país de baja tributación" .

Es irrelevante que el país de domicilio del accionista (país de domicilio de la sociedad holding o su país de residencia) haya firmado o no un convenio para evitar la doble imposición (CDI) con el país de domicilio de la sociedad extranjera.

Con la vista puesta en el moderado gasto que supone utilizar nuestras direcciones comerciales en los 5 continentes, en la actualidad en 64 metrópolis, nos dirigimos a los empresarios en su camino hacia el emprendimiento global. Creamos claridad a través del posicionamiento.

A la hora de crear una empresa en el extranjero, todos los empresarios son advertidos por nosotros, sin que se lo pidan, de la necesidad de "crear sustancia" como parte de nuestro asesoramiento sobre estructuración. Dejamos claro que muchos competidores descuidan por completo la cuestión de la "acumulación de sustancia" en el contexto de la legislación fiscal internacional.

En la próxima serie, veremos cómo evitar estratégicamente la imposición añadida.

¿Cómo crear una empresa internacional de éxito y hacerlo todo bien desde una perspectiva multicultural?

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